LICENCIA DE PESCA
La práctica legal de la pesca en Castilla-La Mancha requiere de la tenencia de la licencia de pesca de la Comunidad Autónoma, así como del cumplimiento de los demás requisitos establecidos por la normativa correspondiente.
Es un documento nominal, personal e intransferible.
En Castilla-La Mancha es posible obtener la licencia de pesca para 1 ó 5 años.
En la provincia de Albacete se expiden en el Servicio Forestal (Medio Natural) de la Delegación Provincial de Agricultura y Medio Ambiente y en las oficinas de las Entidades Colaboradoras (Cajas de Ahorros).
También puedes obtenerla en la Oficina Virtual de la JCCM.
En la Delegación Provincial de Agricultura y Medio Ambiente de Albacete puedes dirigirte a:
Francisco Villada Bru
Tf.: 967 195 021
e-mail: fvillada@jccm.es
Joaquina Villar Ortiz
Tf.: 967 195 032
E-mail: jvillar@jccm.es
Entidades Colaboradoras:
Caja Rural de Albacete. Tfno: 967 22 82 17. Cuenta nº: 3056 0900 57 1006783623
Caja Castilla- La Mancha. Tfno: 967539100. Cuenta nº: 2105 1000 23 1250760862
Requisitos para obtener la licencia de pesca:
A) Requisitos Generales
- Edad mínima: no existe
- Pagar la tasa.
- Presentar documento identificativo válido para acreditar la personalidad
- Solicitud para rellenar
B) Licencia gratuita
Podrán obtener la licencia de pesca gratuita alguno de los siguientes casos siempre que sean residentes en Castilla-la Mancha:
1. Mayores de sesenta y cinco años
2. Mayores de sesenta que se encuentren jubilados
3. Menores de sesenta años que se encuentren jubilados por incapacidad permanente, en los grados total, absoluta o gran invalidez, reconocida en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social
4. Titulares de la tarjeta naranja no incluidos en los supuestos anteriormente citados
Para poder obtener la licencia gratuita se deberán acreditar alguna de las condiciones anteriores aportando copia de alguno de los siguientes documentos:
- Tarjeta naranja en vigor o certificado de empadronamiento, para acreditación de la residencia en Castilla-La Mancha
- Aportación del documento que reconozca situación de la invalidez.
- Los jubilados deberán acreditar tal condición mediante la aportación del documento que reconozca situación.
No hay ningún caso de gratuidad para las licencias M1 y M2 (embarcaciones con o sin motor)
Posted: Agosto 10th, 2010 under Pesca fluvial.
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